Link al Portal Concursa (MAP)
Toda persona tiene derecho a acceder al servicio público en condiciones de igualdad, por lo cual, los ascensos serán en base al Principio del Mérito. En cumplimiento a la Ley No. 41-08 sobre Función Pública y al literal “J “ del artículo 3 de la Ley No. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, este apartado presentará un link con acceso directo al portal concursa:
Este link será administrado por el Ministerio de la Administración Pública.