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GESTIÓN DE APROBACIÓN PARA INSCRIPCIÓN DE TRANSFERENCIA DE DERECHOS MINEROS.

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Descripción del servicio

Consiste en obtener la aprobación del Ministerio de Energía y Minas, los fines de realizar la inscripción en el libro de transmisión de Permisos, Hipotecas, Arrendamientos y Promesas de Traspaso, el Registro Público de Derecho Minero, la Transferencia o la entrega del derecho minero de una concesión existente a un tercero.

A quién va dirigido

Titulares de Derecho Minero para una Concesión de Exploración, Explotación o Planta de Beneficio. (Persona Física o Jurídica).

Departamento que lo ofrece

Registro Público de Derechos Mineros.

Información de contacto

Tel.: 809-685-8191 ext. 250
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Santo Domingo

Requerimientos o requisitos

Requerimientos: (Documentos, Formularios)

  1. Comunicación dirigida al Registrador (a) de Registro Público de Derechos Mineros.
  2. Contrato original entre las partes de la transferencia del derecho minero, notarizado, legalizado.
  3. En caso de personas morales, asambleas originales de ambas sociedades.
  4. En caso de persona física, con el contrato y fotocopia de la cedula de identidad.
  5. Certificado de inscripción en el RNC para personas físicas.

Procedimientos a seguir

Procedimiento a seguir:

  1. Concesionario deposita carta de solicitud de transferencia en la sección de archivo y correspondencia, la cual es entregada al departamento de Registro Público de Derechos Mineros, para su inscripción.

Horario de prestación

De: Lunes a Viernes. Horario: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

Costo

RD$50,900.00.

Tiempo de realización

De Diez (10) a Veinte (20) días Hábiles, para solicitar aprobación al Ministerio de energía y Minas.

Canal de Prestación

Presencial.

Información adicional

Persona responsable: Registradora Pública de Derechos Mineros. 

Base legal del servicio: Artículos Nos. 105, 106, 107 y 108 de la Ley 146-71 y su Reglamento de aplicación 207-98.